El concepto de caudal ecológico (también conocido como caudal ambiental o flujo ecológico) se refiere a la cantidad, frecuencia, duración y estacionalidad del agua que debe mantenerse en un cuerpo de agua superficial (río, quebrada, arroyo) para preservar la integridad de los ecosistemas acuáticos y los servicios ecosistémicos que estos proveen (Tharme, 2003). En El Salvador, este enfoque responde al mandato legal de proteger los ecosistemas acuáticos frente a la creciente presión por extracción de agua para usos agrícolas, industriales y domésticos. El MARN establece las bases metodológicas para la determinación del caudal ecológico, con énfasis en la conservación de la ictiofauna (peces nativos) como indicador clave de la salud del ecosistema acuático.
La metodología aplicada combina trabajo de campo y gabinete, siguiendo un enfoque hidrobiológico que integra hidrología, ecología y modelación numérica.
Nota: El enfoque corresponde al método hidrológico–biológico, uno de los más robustos a nivel internacional (Tharme, 2003; Arthington et al., 2006).
| Tipo de información | Variables o datos recolectados |
|---|---|
| Hidrológica | Caudal instantáneo y medio, régimen estacional, frecuencia de sequías e inundaciones |
| Topográfica | Perfil longitudinal y transversal del cauce, tipo de sustrato |
| Biológica | Especies de peces, abundancia, etapas de vida, diversidad |
| Hidráulica | Velocidad del flujo, profundidad, área mojada, rugosidad |
| Calidad del agua | pH, oxígeno disuelto, temperatura, conductividad, nutrientes, contaminantes |
El caudal ecológico no es un valor fijo, sino un rango que depende de factores ecológicos, hidrológicos y sociales.
Referencias
Arthington et al. (2006). Ecological Applications, 16(4), 1311–1318.
IUCN (2007). Guidelines for the allocation of water for ecosystem maintenance.
King & Brown (2006). Water SA, 32(3), 287–294.
King et al. (2003). Freshwater Biology, 48(10), 1937–1954.
MARN (2024). Caudales ecológicos y capacidad de carga.
Tharme (2003). River Research and Applications, 19(5–6), 397–441.